Derechos en la planificación de emergencias

El grupo pidió incluir la discapacidad en la planificación, ejecución y seguimiento de la respuesta, invocando el artículo 11 de la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Publicó listas de comprobación e información sobre organizaciones de ayuda, para atender necesidades que los dispositivos generales pasaban por alto. [1]

Los socios locales prestan ayuda práctica

En un informe del 10 de octubre, Humanity & Inclusion describió cómo adaptaba su trabajo al desplazamiento. Su responsable de operaciones, Zeina Salhani, habló de la dificultad de compaginar el trabajo con la seguridad familiar en Beirut. HI informó del apoyo prestado hasta septiembre de 2024 a Tamkeen, en Nabatiyeh, y a Palestinian Women Humanitarian Organisation, en Tiro, para rehabilitación, productos de apoyo y suministros destinados a personas desplazadas.

El apoyo debe continuar tras la evacuación

El informe de HI de 2024 advertía que el desplazamiento podía separar a las personas con discapacidad de quienes las apoyaban e interrumpir servicios esenciales. Pedía a las organizaciones humanitarias incorporar a las organizaciones representativas al diseño, ejecución y evaluación de la ayuda. Refugios accesibles, equipos de movilidad y continuidad del apoyo formaban parte de sus demandas. [3]