Protección de ingresos y servicios esenciales
La Ley 27.793 declaró la emergencia nacional en discapacidad hasta el 31 de diciembre de 2026, prorrogable por un año. Preveía una nueva pensión no contributiva, medidas para sostener a los prestadores y ajustes mensuales automáticos de los aranceles. El Congreso confirmó la ley tras el veto presidencial, según la comunicación del 4 de septiembre de 2025. [2]
La organización cuestiona el argumento financiero
En un escrito firmado por la abogada María Celeste Fernandez, ACIJ sostuvo que la suspensión carecía de fundamento constitucional y legal. Señaló que el Congreso ya había autorizado reasignaciones presupuestarias para implementarla. El Ejecutivo había justificado la suspensión por la necesidad de fuentes de financiación y partidas presupuestarias; eran posiciones contrapuestas en el litigio. [3][1]
Reglamentación tras una orden judicial
El Decreto 84/2026, publicado el 4 de febrero de 2026, aprobó la reglamentación. Consignó que el Juzgado Federal de Campana había ordenado la aplicación inmediata el 12 de diciembre de 2025 y que el Gobierno había apelado. El decreto estableció reglas administrativas, manteniendo expresamente el desacuerdo del Ejecutivo con la sentencia. [4]